27 de marzo de 2015

CERTIFICADOS DE EMPRESA PARA LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2015.

A/a de los afiliados y afiliadas de CCOO de Alestis PRE.
Se ha procedido por parte de Meta 4 a la comunicación del certificado de renta del ejercicio 2014. Sin embargo hemos comprobado que se han enviado 2 certificados con cantidades distintas a cada trabajador. (La suma de esas cantidades son las devengas en el ejercicio 2014).  Esto se debe a lo siguiente:
El cambio de CIF tras la FUSIÓN POR ABSORCIÓN DE LA ENTIDAD ALESTIS AEROSPACE MANUFACTURING SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA) POR ALESTIS AEROSPACE S.L (SOCIEDAD ABSORBENTE) el pasado 01 de julio de 2014. La duda surge en referencia a esto, ¿todos/as los que no tenemos unos ingresos superior a 21999€ en el ejercicio 2014  TENEMOS DOS PAGADORES?
En principio, el dato clave para identificar a los distintos pagadores será el CIF de la empresa. De esta forma, si se reciben cantidades de empresas con distintos identificadores fiscales, esto supondrá que son dos pagadores distintos.
Sin embargo, existen excepciones a esta norma general y son muy importantes para determinar quien está exento de declarar el IRPF. El más significativo se refiere a la subrogación de trabajadores o sucesión de empresa, algo relativamente habitual en el mercado laboral español y que consiste en mantener a un trabajador su antigüedad y puesto pero con un cambio de empresa. Es decir, cuando una empresa cambia su CIF o es absorbida por otra y esta ‘hereda’ a los empleados. En este caso, siempre y cuando se respete la antigüedad, tipo de contrato del trabajador y no se varíen las retenciones que se le practicaban, no se considerará la nueva empresa como un SEGUNDO PAGADOR.
CCOO se ha puesto en contacto con Hacienda y ésta nos informa que esta excepción es la que nos ampara a nosotros, pero también es muy posible que en determinadas oficinas de Hacienda entienda de primeras la existencia de un segundo pagador y que seamos nosotros quienes tengamos que hacerles ver su error, algo por otra parte habitual. Sólo hay que ver la forma en la se aplican o dejan de aplicarse en el borrador de la renta algunas deducciones o como la Agencia Tributaria olvida constantemente incluir determinados datos fiscales.
También os adjuntamos un enlace de la Agencia Tributaria donde entendemos  que se confirma que solo tenemos UN PAGADOR.
Esperando que esta informacion sea de vuestro interés, quedamos a vuestra disposición para cualquier pregunta o información que deseen dirigirnos.   
Un saludo.