A/a de los afiliados y afiliadas de CCOO de Alestis PRE.
Se ha procedido por parte de Meta 4 a la comunicación del certificado de
renta del ejercicio 2014. Sin embargo hemos comprobado que se han enviado 2
certificados con cantidades distintas a cada trabajador. (La suma de esas cantidades
son las devengas en el ejercicio 2014). Esto se debe a lo siguiente:
El cambio de CIF tras la FUSIÓN
POR ABSORCIÓN DE LA ENTIDAD ALESTIS AEROSPACE MANUFACTURING SLU (SOCIEDAD
ABSORBIDA) POR ALESTIS AEROSPACE S.L (SOCIEDAD ABSORBENTE) el pasado 01 de
julio de 2014. La duda surge en referencia a esto, ¿todos/as los
que no tenemos unos ingresos superior a 21999€ en el ejercicio 2014 TENEMOS DOS PAGADORES?
En
principio, el dato clave para identificar a los distintos pagadores será
el CIF de la empresa. De esta forma, si se reciben cantidades de empresas
con distintos identificadores fiscales, esto supondrá que son dos pagadores
distintos.
Sin
embargo, existen excepciones a esta norma general y son muy
importantes para determinar quien está exento de declarar el IRPF. El más
significativo se refiere a la subrogación de trabajadores o sucesión de empresa,
algo relativamente habitual en el mercado laboral español y que consiste en
mantener a un trabajador su antigüedad y puesto pero con un cambio de empresa.
Es decir, cuando una empresa cambia su CIF o es absorbida por otra y
esta ‘hereda’ a los empleados. En este caso, siempre y cuando se respete la
antigüedad, tipo de contrato del trabajador y no se varíen las retenciones que
se le practicaban, no se considerará la nueva empresa como un SEGUNDO PAGADOR.
CCOO se ha puesto en contacto con
Hacienda y ésta nos informa que esta excepción es la que nos ampara a nosotros,
pero también es muy posible que en determinadas oficinas de Hacienda entienda
de primeras la existencia de un segundo pagador y que seamos nosotros quienes
tengamos que hacerles ver su error, algo por otra parte habitual. Sólo hay que
ver la forma en la se aplican o dejan de aplicarse en el borrador de la renta
algunas deducciones o como la Agencia Tributaria olvida constantemente incluir
determinados datos fiscales.
También os adjuntamos un enlace de la
Agencia Tributaria donde entendemos que se confirma que solo
tenemos UN PAGADOR.
Esperando que esta informacion sea de
vuestro interés, quedamos a vuestra disposición para cualquier pregunta o información que deseen dirigirnos.
Un saludo.